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Odiar es una de nuestras facultades (de lo que S. Tomás llama el "apetito irascible"). (Ojo, mostrar la ira siempre es pecado).
Y por ello es perfectamente saludable y conveniente odiar ciertas cosas. Pero ello no debe llevarnos a odiar a los que las hacen, permiten, enseñan, etc.
Odiar a otra persona es faltar al onceavo mandamiento: "Amáos los unos a los otros como Yo os he amado", lo cual incluye amar a nuestros enemigos (amar que no quiere decir siempre invitar a comer, sino a veces meter en prisión o ajusticiar o quemar en la hoguera).
Como dijo una madre a su hijo que partía para la guerra de 1936 en España: "No odies al enemigo".
Hemos de odiar, en cambio, todo lo que es feo, malo, mentira, pecado.
Los señores de la R.A.E., la servicio del demonio y por tanto de la destrucción de la lengua, del cambio de sentido a las palabras:
Hasta 1884 odio sólo significaba: Aversión y aborrecimiento.
Desde 1925: Antipatía y aversión hacia algo o hacia alguien cuyo mal se desea.
Una cosa es odiar (considerar como malo lo que lo es) y otra la malevolencia, la maldad, desear un daño a otra persona. Si odiamos a alguien (pecado) y añadimos el deseo de que sufra un mal, pecamos doblemente.
"No siempre odiar es pecado. La doctrina católica enseña que el odio al prójimo es un pecado opuesto directamente a la caridad fraterna y este odio se llama “odio de enemistad” y es siempre pecado mortal. Sin embargo, el llamado “odio de abominación” que recae sobre el prójimo en cuanto que es pecador, perseguidor de la Iglesia o por el mal que nos causa injustamente (cuidadín porque por aquí podemos descarriarnos) a nosotros, puede ser recto y legítimo si se detesta, no la persona misma del prójimo, sino lo que hay de malo en ella; pero, si se odia por lo que hay en ella de bueno o por el mal que nos causa justamente (cuidadín porque por aquí podemos descarriarnos) a nosotros (v.gr., si se odia al juez que castiga legítimamente al delincuente), se opone a la caridad, y es pecado de suyo grave, a no ser por parvedad de materia o imperfección del acto. No hay pecado alguno en desearle al prójimo algún mal físico, pero bajo la razón de bien moral (v.gr. una enfermedad para que (cuidadín porque por aquí podemos descarriarnos) se arrepienta de su mala vida). Tampoco sería pecado alegrarse de la muerte del prójimo que sembraba errores o herejías, perseguía a la Iglesia, etc., con tal que este gozo no redunde en odio hacia la persona misma que causaba aquel mal. La razón es porque odiar lo que de suyo es odiable no es ningún pecado, sino de todo obligatorio cuando se odia según el recto orden de la razón (cuidadín porque por aquí podemos descarriarnos, con nuestro mal razonamiento teñido por nuestros pecados) y con el modo y finalidad debida. Sin embargo, hay que estar muy alerta para no pasar del odio de legítima abominación de lo malo al odio de enemistad hacia la persona culpable, lo cual jamás es lícito aunque se trate de un gran pecador, ya que está a tiempo todavía de arrepentirse y salvarse. Solamente los demonios y condenados del infierno se han hecho definitivamente indignos de todo acto de caridad en cualquiera de sus manifestaciones." Teología de la caridad. p 561,562. Royo Marín.
Los que mandan, al servicio del Demonio (que nos odia y desea nuestro mal), intentan que dejemos de usar nuestras facultades, para que seamos "medio-hombres" y así nos alejemos de nuestra salvación.
Porque lo que no usamos se atrofia: si después de rompernos una pierna, en vez de hacer rehabilitación, nos metemos en una silla de ruedas, pues acabaremos con unas piernas inservibles.
Y para ello dictan leyes anti-odio, montan asociaciones anti-odio, etc.
Benditos médicos del seguro (en España) que recetan esto. |
Rezar el Rosario (mejor en latín) es el principal recurso que nos queda.
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